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title: "El Gobierno otorgó un anticipo financiero de hasta $400.000 millones a doce provincias"
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description: "La medida fue firmada por el presidente Javier Milei junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo."
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date_published: "2026-04-06T08:34:00-03:00"
date_modified: "2026-04-06T08:44:07-03:00"
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# El Gobierno otorgó un anticipo financiero de hasta $400.000 millones a doce provincias

**El Gobierno le otorgará a doce provincias un anticipo financiero de $400.000 millones** y el monto que se le dará a cada una de ellas lo determinará la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía “conforme a la capacidad de repago de cada provincia sobre la base de su participación en la recaudación de tributos nacionales”.

Así se indicó este lunes en el Decreto 219/2026 publicado en el Boletín Oficial y al que tuvo acceso la [**Agencia Noticias Argentinas**](https://es.wikipedia.org/wiki/Noticias_Argentinas) y la medida fue firmada el 1° de abril por el presidente Javier Milei junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

*Las provincias que recibirán el dinero son: Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, La Rioja, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán.*

Además, en el Boletín Oficial se indicó: *“Facúltase a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a disponer la cancelación de los anticipos otorgados, con más los intereses que se devenguen calculados sobre la base de una Tasa Fija Nominal Anual del 15 %, mediante la afectación de la respectiva participación de las provincias detalladas en el artículo 1° del presente decreto, en el régimen de la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el que lo sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico”.*

La citada secretaría también podrá *”disponer las condiciones de desembolsos a las provincias, formas de cancelación y demás condiciones aplicables, pudiendo suscribir acuerdos con cada una de las jurisdicciones para determinarlos”*, mientras que se estableció que, a los fines de dar cumplimiento a la presente medida, “los Gobiernos de las provincias que se detallan el mencionado decreto deberán:__IP__

*Afectar su participación en el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias establecido en la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que lo sustituya, y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado, con más sus intereses y autorizar a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a retener automáticamente los fondos emergentes de la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que la sustituya, y de otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado más sus intereses, con el fin de cancelar los fondos que se otorgan con más sus intereses*”.

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