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ANMAT prohibió la venta y comercialización de una marca de harinas

La prohibición de esta marca de harinas se produjo porque los productos superaban el valor de gluten máximo permitido.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)  prohibió la venta y comercialización de una marca de harinas, en sus diversas formas, por considerarlas productos ilegales.

Mediante la Disposición 1973/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial de la Nación, la ANMAT prohibió la venta de harinas marca Natuzen.

En el artículo primero de la Disposición publicada hoy se expone: "Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los siguientes productos: Premezcla panadería y repostería, marca Natuzen,  Premezcla para elaborar pan, marca Natuzen,  y Premezcla para pizza. Libre de gluten, marca Natuzen,  por estar contaminados al contener mayor cantidad de gluten que la permitida por el CAA para Alimentos Libres de Gluten y consignar el símbolo SIN TACC, resultando ser productos ilegales".

La ANMAT informó que las actuaciones para investigar el producto hoy prohibido se iniciaron en el marco de monitoreos del "Plan Integral de Fiscalización con la toma de muestra y el análisis de una muestra única del producto Premezcla para pizza. Libre de gluten, marca Natuzen".

"Que mediante Informe 3068/20, el producto analizado por el Laboratorio Nacional de Referencia del Instituto Nacional de Alimentos, arrojó como resultado: no cumple con las especificaciones técnicas del artículo 1383 del Código Alimentario Argentino por superar el valor de gluten máximo permitido", se destaca en el texto oficial.

En el informe dado a conocer hoy se remarca que de los análisis efectuados a los siguientes productos: Premezcla para pan marca Natuzen y Premezcla Panadería y Repostería marca Natuzen, "no cumplen con las especificaciones del artículo 1383 del CAA".

En consecuencia, luego del informe la Dirección de Prevención, Vigilancia y Coordinación Jurisdiccional "solicitó la baja provisoria del listado de ALG de los productos mencionados hasta tanto se concluya la investigación".

"Que en atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de la población celíaca, ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que superen la concentración de gluten permitida en ALG, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional de los citados alimentos", se sentencia en el Boletín Oficial.
 
 
Buenos Aires, NA

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Reforma a la Ley de Glaciares: La Pampa interpone Recurso Extraordinario ante la Corte Suprema

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La presentación suma como antecedente el reciente fallo de la propia Corte, en el que repuso la vigencia de la Ley de Tierras, en orden a una necesaria y oportuna protección ambiental para evitar daños irreparables. La decisión de La Pampa obedece al rechazo de la medida cautelar por parte de la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca. En ella se había solicitado la suspensión inmediata de la reforma de la Ley de Glaciares hasta que se resuelva la demanda de amparo colectivo ambiental, también presentada oportunamente.