Verna: El llamado a licitación de la represa El Tambolar de manera unilateral, inconsulta y arbitraria, lesiona severamente la soberanía hídrica de la provincia de La Pampa.

El gobernador de La Pampa, Carlos Verna, envió hoy una nota vía correo electrónico al secretario de Infraestructura y Política Hídrica de la Nación, Pablo Bereciartúa, solicitando comunique de manera oficial y fehaciente sobre el llamado a licitación pública nacional e internacional de la obra denominada aprovechamiento hidroenergético multipropósito “El Tambolar”, proyectada sobre el río San Juan, en la provincia homónima.

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Esta nota ingresará mañana por mesa de entrada de la Secretaría y solicita, además, que se comunique a todas las provincias integrantes de la cuenca del río Desaguadero – Salado – Chadileuvú – Curacó.
En ese sentido, el mandatario pampeano le recuerda a Bereciartúa que “de acuerdo al estudio denominado precisamente ‘Estudio integral de la cuenca del río Desaguadero – Salado – Chadileuvú – Curacó’, realizado por la Universidad de Buenos Aires, Facultad de Ingeniería, en el mes de noviembre de 2009, surge claramente establecida la integralidad y unificación de las cuencas del río Vinchina – Bermejo, río Jachal, río San Juan, río Mendoza, río Desaguadero y áreas sin drenaje definido, río Tunuyán, río Diamante, río Atuel, río Colorado.
Con posterioridad al estudio mencionado, y como lógica consecuencia de sus conclusiones, se creó una comisión de seguimiento a la continuación de la segunda etapa del estudio, organismo integrado por las provincias de San Juan, La Rioja, La Pampa, Buenos Aires, Neuquén, Río Negro y Mendoza.
Por otra parte, y a solicitud de la provincia de La Pampa, se dio origen a una “Comisión para la elaboración de una propuesta para la creación del Comité Técnico del Sistema Hídrico del río Desaguadero”, cuyos representantes pampeanos fueron designados por Decreto N° 03/17, y a quienes se convocara por medio del organismo a su cargo a una sola reunión, realizada el 16 de febrero de 2017, sin avance alguno en el cumplimiento de su cometido.
Verna recordó el tenor de misivas anteriores, en las que se puso en conocimiento que el Gobierno de La Pampa entiende a la gestión integrada del recurso hídrico como la única manera de proceder en forma adecuada para un manejo conjunto, consensuado, adecuado y justo para todos los actores participantes de la cuenca de mayor extensión territorial del país.
En tal sentido, la competencia indiscutible de la Secretaría a cargo de Bereciartúa es diseñar y ejecutar la política hídrica nacional, como la de colaborar con la organización institucional para el funcionamiento pleno y efectivo de los diferentes comités de cuencas.
El llamado a licitación de la represa El Tambolar, a ubicarse sobre el río San Juan, afluente de la cuenca del río Desaguadero – Salado, de manera unilateral, inconsulta y arbitraria, lesiona severamente la soberanía hídrica de la provincia de La Pampa, propendiendo al desarrollo no consensuado y articulado de la cuenca, intensificando el avance de los actores ubicados aguas arriba en claro desmedro de los intereses de quienes se encuentran debajo.
“Entiendo que en su deber, como autoridad en la materia, es propender a ese manejo conjunto y armónico de las cuencas hídricas, y hacer cumplir la Constitución Nacional y las Leyes N° 25.675 (Ley General de Ambiente) N° 25.688 (Régimen de Gestión Ambiental de Aguas) y N° 23.879 (Ley de Obras Hidráulicas), entre otras, las que resultan manifiestamente avasalladas por el accionar del organismo a su cargo, en clara connivencia con intereses sectoriales de algunos miembros de la cuenca y en claro perjuicio para la provincia de La Pampa”, prosiguió el gobernador.
En este marco y como ya se le ha manifestado al secretario en ocasiones anteriores, las presas construidas sobre la cuenca en cuestión carecen de un caudal ambiental necesario para mantener el ecosistema en condiciones aptas para el desarrollo humano y productivo de La Pampa, motivo por el cual sorprende la contradicción flagrante en que se incurre, al pretender la realización de la segunda etapa del estudio integral de la cuenca, el que parece estar destinado al fracaso, por un lado, y habilitar la realización de obras de magnitud suficiente para dar por tierra con los escasos escurrimientos que ingresan a La Pampa, por otro.
En consecuencia, el gobernador solicita que se convoque de manera inmediata a la referida Comisión del Desaguadero, con el objeto de realizar el estudio y posterior análisis de cualquier acción sobre la cuenca que, ineludiblemente, afectará a las provincias condóminas de la misma, tal como ocurre con la construcción de una represa como la referida.
En esa convocatoria, las provincias integrantes de la cuenca “debemos realizar la revisión del proyecto total de la represa, con especial énfasis en el estudio y evaluación del impacto ambiental que puede originarse en toda la cuenca, afectando sobremanera a las provincias ubicadas aguas abajo, y, en definitiva, resolver la aprobación de la obra”.
Asimismo, Verna reiteró la necesidad de la inmediata creación de un Comité de Cuenca del Desaguadero, reclamando además judicialmente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos caratulados “La Pampa, provincia de c/ Estado Nacional s/ Amparo – Comité de Cuencas”, a fin de administrar en forma conjunta y racional el uso de las aguas, derecho inalienable de cada una de las provincias condóminas, y de cada uno de sus habitantes.
El gobernador reiteró que los caudales que ingresan a nuestro territorio son cada vez más escasos, así, en el punto de medición en La Pampa “Puente Ruta 10”, con fecha 29 de junio de 2018, el caudal aforado fue de 0,32 m3/seg, presentando una conductividad eléctrica de 89.000 us/cm, motivo por el cual solicitó, nuevamente, se dé inicio a las tantas veces anunciada segunda etapa del estudio integral de la cuenca, de manera inmediata y sin más dilaciones, y fijar en el marco del mismo un caudal hídrico apto para recomponer y sostener el ambiente en el noroeste de la provincia de La Pampa, el cual hoy se encuentra degradado por la disminución continuada y progresiva del escurrimiento del río Salado ingresante en nuestra provincia, afectado en extrema gravedad por la construcción continuas de las presas aguas arriba y en las nacientes del río Salado, sin contemplar los caudales aptos para esos efectos.
Ante la exposición, y advirtiendo que existen flagrantes violaciones al plexo normativo aplicable por la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica de la Nación, en clara connivencia con intereses sectoriales de algunos de los miembros de la cuenca, se ocasionan graves perjuicios para la provincia de La Pampa, de los cuales serán responsables civil y/o penalmente, los funcionarios autorizantes.

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