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Siguen prohibidos los espectáculos en vivo en locales gastronómicos

El Gobierno Provincial informa que están vigentes los alcances decreto 2874 donde se prohíbe expresamente “la realización de shows en vivo (bandas, solistas, karaoke, etc.) y la reproducción de música que exceda los 80 decibeles”.
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La modificación del protocolo sanitario epidemiológico para la apertura de locales gastronómicos con habilitación municipal para la atención  y permanencia de público en los locales,  inhabilita además el servicio de atención y consumo en barras.

El decreto precisa que dentro de los establecimientos “se autoriza la permanencia de hasta un 50 % de la capacidad total habilitada y un máximo de 60 comensales por turno”.

Exige una distancia mínima de 3 metros entre mesa y mesa, con un máximo de 6 personas por cada una de ellas, y un distanciamiento mínimo entre personas de una misma mesa de 1,5 metros.

La nueva distribución  de mesas deberá ser exhibida en el plano donde se contemplen también la entrada y salida y circulación dentro del local.

Las mesas ubicadas al aire libre deberán mantener una distancia mínima de 2 metros entre ellas, con un máximo de 10 personas por mesa y un límite de 100 personas por turno.

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